Así son las cotizaciones de los autónomos y sus cambios para 2023

  • Sus contribuciones a la Seguridad Social, diferencias a las del resto
  • En 2023 entra el vigor el sistema de tramos por ingresos reales
Foto: Dreamstime.

Al igual que el resto de trabajadores, los autónomos han de cotizar a la Seguridad Social para tener derecho en el futuro a pensiones o prestaciones de toda índole. Eso sí, el peculiar carácter del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos hace que estas personas tengan que regirse por unas normas un tanto diferentes.

La situación de los autónomos es peculiar, ya que tienen una cotización diferente a la de otros trabajadores. El método de cálculo de las mismas difiere del grueso de los empleados y, además, será objeto de modificaciones que entrarán en vigor a partir de 2023, en tan solo unos meses.

Lo primero que hay que conocer para acercarse a la cotización de los autónomos es que la selección de su base de cotización, a diferencia de lo que sucede en el Régimen General, es propia y no específicamente vinculada a los ingresos obtenidos. El autónomo puede optar por cualquiera de las bases comprendidas entre la mínima (960,60 euros mensuales) y la máxima (4.139,40 euros mensuales), aunque en algunos casos determinados existen excepciones:

-Los autónomos que cumplan 47 años en 2022 y que tengan una base de cotización igual o superior a 2.077,80 euros mensuales pueden elegir cualquier base comprendida entre la mínima y la máxima.

-Los autónomos que cumplan 47 años en 2022 y que tengan una base inferior a 2.077,80 euros mensuales podrán elegir cualquier base comprendida la base mínima y 2.113,20 euros a no ser que ejecuten la opción de la libertad de elección de bases (estuvo disponible hasta el 30 de junio).

-Los autónomos con 48 años o más en 2022 podrán cotizar entre bases de 1.035,90 y 2.113,20 euros mensuales siempre que su última base de cotización no fuese superior a 2.077,80 euros mensuales, ya que en ese caso podrán elegir entre cualquier base comprendida entre la mínima y esa misma base.

-Los autónomos de 48 años o más con cinco años o más cotizados antes de los 50 años podrán elegir una base comprendida entre la base mínima y 2.113,20 euros mensuales en el caso de que su última base fuese inferior a 2.077,80 euros mensuales. En caso contrario podrán seleccionar cualquier base comprendida entre la base mínima y esa base con un incremento del 1,70%. El límite será la base máxima.

El autónomo tiene derecho a cambiar esas bases de cotización a lo largo del año. Tiene cuatro fechas en las que puede hacerlo, y podrá hacer todos los cambios que desee entre ellas aunque la única base que contará será la última modificada de cara al 1 de enero, al 1 de abril, al 1 de julio y al 1 de octubre.

Sobre esas bases de cotización se aplicarán las cuotas a la Seguridad Social. Estas cuotas aumentaron en 2022 y han pasado a ser el 30,6% de esas bases de cotización. Se dividen entre los siguientes conceptos y cotizaciones:

-Un 28,3% en contingencias comunes.

-Un 1,3% en contingencias profesionales.

-Un 0,9% en formación profesional.

-Un 0,1% en cese de actividad.

Esto hace que un trabajador autónomo que cotice por la base mínima tenga que pagar una cuota de casi 294 euros. Este caso es el más común, ya que el 85,8% de los trabajadores autónomos personas físicas cotizaron por la base mínima, de acuerdo con los datos de 2021 del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Los cambios en las cotizaciones de los autónomos para 2023

Sin embargo, todo cambiará conla entrada en vigor de la reforma de cotizaciones que pasará a ser un sistema de tramos basado en los ingresos reales de los autónomos. En concreto, el sistema está compuesto por 15 tramos diferentes de ingresos que dan lugar a límites en las bases de cotización a las cuales se aplican después las cuotas.

Para el establecimiento de esos tramos de ingresos el autónomo debe sumar todos los ingresos y restar los gastos deducibles de la actividad. A esa cifra se le puede deducir un 7% en concepto de gastos genéricos (los autónomos societarios solo pueden un 3%) y con ello se obtiene el tramo de ingresos del autónomo, que tendrá hasta seis ocasiones a lo largo del año para poder cambiar de tramo.

Cada uno de los 15 tramos presenta una base máxima y mínima entre las cuales el autónomo puede elegir la suya. Esto dará lugar a sus cuotas a la Seguridad Social, que para 2023 (hay un calendario progresivo que incluye a 2024 y 2025) serán de entre 230 y 500 euros mensuales.

Vía: https://www.eleconomista.es/