El conjunto de disposiciones que se han dictado en España en el marco de la crisis sanitaria generada por el Covid-19, y más concretamente las normas dictadas durante la vigencia del estado de alarma y a posteriori (tanto a nivel estatal como autonómico), han tenido un impacto directo en el régimen de funcionamiento de las actividades vinculadas al sector de la hostelería y el ocio nocturno.
Tras una muy mala temporada alta fruto precisamente de las consecuencias de algunas de estas decisiones normativas, como la restricción de movimientos, las limitaciones horarias o las condiciones de funcionamiento, entre otras, empresas, empresarios y trabajadores vinculados a este sector se encuentran en una situación límite, tanto en el ámbito económico como en el ámbito social.
En este sentido, desde el punto de vista jurídico puede considerarse a la normativa aprobada como la causa de una lesión en los bienes y derechos de carácter patrimonial provocada en muchos de los negocios de este segmento, y por tanto es posible acudir a la figura de la responsabilidad patrimonial para conseguir la reparación de los daños y perjuicios sufridos y que el sector de la hostelería y el ocio nocturno no tiene el deber jurídico de soportar.
Existen en este contexto una serie de daños que pueden ser objeto de reclamación, en función de factores como las contingencias sufridas en los establecimientos, el importe al que ascienden los daños y perjuicios provocados, etc. Son los daños por pérdida efectiva y los daños derivados del lucro cesante.
En el caso de los daños por pérdida efectiva, nos referimos a aquellos motivados por la incidencia de las obligaciones de la normativa en los negocios.
Esta tipología de daño incluye, por ejemplo, los costes de arrendamiento de locales durante el cierre inicial y los soportados por la utilización parcial de los mismos durante la desescalada y tras la expiración del estado de alarma; los costes por pérdidas de alimentos perecederos en la fase inicial del estado de alarma; los costes por reservas canceladas tras la declaración del estado de alarma; los gastos por pago a proveedores de mercancías comprometidas antes de la declaración del estado de alarma; los gastos de mantenimiento del local durante el cierre inicial y los costes soportados por la utilización de los mismos durante las fases de desescalada y tras la expiración del estado de alarma, o los costes de personal no incluido en ERTE.
Asimismo, se consideran también daños por pérdida efectiva, los gastos para la adaptación de establecimientos a medidas obligatorias del plan de desescalada y por las medidas adoptadas tras la expiración del estado de alarma; los gastos de la implementación de planes y equipos de protección y prevención del personal frente al Covid-19; los gastos de formación del personal en relación con el Covid-19; las pólizas de seguro ligadas al ejercicio de la actividad; los costes financieros, y el coste oportunidad, ese decir, los daños por rendimientos perdidos como consecuencia de no permitir explotar los establecimientos en condiciones normales, lo cual, desde el punto de vista financiero, puede haber supuesto para la compañías la renuncia a alternativas de inversión con rendimiento por sus recursos.
En el caso de los daños derivados por lucro cesante, encontramos en este sentido aquellos relacionados con la pérdida o reducción de la actividad como consecuencia de la crisis sanitaria, entre los que se encuentran, fundamentalmente, los daños por la pérdida de reservas y de negocio habitual durante el período de cierre decretado durante el estado de alarma; y los daños por la reducción de reservas y de negocio habitual debido a la limitación de aforo en las distintas fases de la desescalada y por las medidas adoptadas tras la expiración de la vigencia del estado de alarma.
Considerando la gravedad del perjuicio producido (y que se sigue produciendo) se debería reflexionar además en la determinación de un procedimiento de ayudas directas e inmediatas a este sector para garantizar su viabilidad, con unos parámetros claros en cuanto a procedimiento y determinación de daños, con el objeto de evitar la desaparición de un tejido empresarial que contribuye de manera decisiva al desarrollo y dinamización de nuestra economía.
El sector de la hostelería y el ocio nocturno es un pilar esencial de actividad y por su propia idiosincrasia ha sido uno de los más afectados en el contexto actual de pandemia. Todos debemos contribuir a su impulso y regeneración desde las diferentes esferas de apoyo y asesoramiento.