- Trabajo saca a consulta pública el cambio en el Estatuto de los Trabajadores
- La ministra reclama al PP en el Senado que respalde la futura reforma

El Ministerio de Trabajo prepara un nuevo cambio en el Estatuto de los Trabajadores para el que tendrá que recabar el apoyo de la mayoría del Congreso de los Diputados. El departamento que encabeza Yolanda Díaz prepara un anteproyecto de ley con el que quiere hacer nulos los despidos que se adopten como represalia a los trabajadores que denuncien irregularidades o sospechas de corrupción en el seno de las empresas. Para ello, ha iniciado un proceso de consulta pública y se ha comprometido a enviar un borrador a los agentes sociales.
“Vamos a hacer una reforma integral del despido para evitar lo que ha practicado el Partido Popular, para evitar las represalias ante denuncias de corrupción” anunció ayer en el Senado la vicepresidenta segunda al responder a una pregunta de la bancada popular en la sesión de control al Gobierno. “Espero contar con el voto del PP que está tan preocupado por la corrupción” reclamó la responsable de Trabajo.
Actualmente, este tipo de actuaciones ya están prohibidas por la Ley de protección del informante de 2023, que desarrolló la directiva europea en la misma materia. La norma impide la “suspensión del contrato de trabajo, despido o extinción de la relación laboral o estatutaria”. No obstante, Trabajo considera que existe un vacío en la protección de estos trabajadores al no recoger de forma expresa que las decisiones que adopte la empresa en este sentido serán nulas y propone modificar tanto el Estatuto como la Ley de Jurisdicción Social.
Es decir, la redacción actual deja abierta la posibilidad de que un juez declare como improcedente el despido de un trabajador que haya alertado sobre ciertas prácticas irregulares, ilegales o relacionadas con la corrupción observadas dentro de su empresa. Y en ese caso, lo más habitual es que la empresa elija abonar la indemnización de 33 días de salario por año trabajado (hasta un máximo de dos años) en lugar de reincorporar al trabajador, lo que el Gobierno interpreta como una protección inferior a la prevista para empleados del sector público.
En el documento publicado, Trabajo argumenta que concretar que estos despidos serán nulos evitará que se interprete que las decisiones de las empresas tienen un tratamiento diferente. La cartera explica que esta valoración no tiene sentido en el ámbito laboral, ya que entienden que la “eficacia del sistema de protección quedaría enormemente debilitada” si se limita a garantizar que el trabajador perciba la indemnización tasada por despido improcedente (los 33 días de salario).
Por el momento, el Ejecutivo ha dado hasta el próximo 30 de octubre para que los actores interesados hagan aportaciones que puedan tener en cuenta a la hora de redactar el borrador del anteproyecto de ley. No obstante, CCOO trasladó este lunes a Trabajo que querían extender la protección más allá de las denuncias amparadas por la ley del whistleblowing, para que los despidos que respondan a una denuncia a la Inspección de Trabajo también sean calificados nulos.
El Ministerio de Trabajo prepara un nuevo cambio en el Estatuto de los Trabajadores para el que tendrá que recabar el apoyo de la mayoría del Congreso de los Diputados. El departamento que encabeza Yolanda Díaz prepara un anteproyecto de ley con el que quiere hacer nulos los despidos que se adopten como represalia a los trabajadores que denuncien irregularidades o sospechas de corrupción en el seno de las empresas. Para ello, ha iniciado un proceso de consulta pública y se ha comprometido a enviar un borrador a los agentes sociales.
“Vamos a hacer una reforma integral del despido para evitar lo que ha practicado el Partido Popular, para evitar las represalias ante denuncias de corrupción” anunció ayer en el Senado la vicepresidenta segunda al responder a una pregunta de la bancada popular en la sesión de control al Gobierno. “Espero contar con el voto del PP que está tan preocupado por la corrupción” reclamó la responsable de Trabajo.
Actualmente, este tipo de actuaciones ya están prohibidas por la Ley de protección del informante de 2023, que desarrolló la directiva europea en la misma materia. La norma impide la “suspensión del contrato de trabajo, despido o extinción de la relación laboral o estatutaria”. No obstante, Trabajo considera que existe un vacío en la protección de estos trabajadores al no recoger de forma expresa que las decisiones que adopte la empresa en este sentido serán nulas y propone modificar tanto el Estatuto como la Ley de Jurisdicción Social.
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Es decir, la redacción actual deja abierta la posibilidad de que un juez declare como improcedente el despido de un trabajador que haya alertado sobre ciertas prácticas irregulares, ilegales o relacionadas con la corrupción observadas dentro de su empresa. Y en ese caso, lo más habitual es que la empresa elija abonar la indemnización de 33 días de salario por año trabajado (hasta un máximo de dos años) en lugar de reincorporar al trabajador, lo que el Gobierno interpreta como una protección inferior a la prevista para empleados del sector público.
En el documento publicado, Trabajo argumenta que concretar que estos despidos serán nulos evitará que se interprete que las decisiones de las empresas tienen un tratamiento diferente. La cartera explica que esta valoración no tiene sentido en el ámbito laboral, ya que entienden que la “eficacia del sistema de protección quedaría enormemente debilitada” si se limita a garantizar que el trabajador perciba la indemnización tasada por despido improcedente (los 33 días de salario).
Por el momento, el Ejecutivo ha dado hasta el próximo 30 de octubre para que los actores interesados hagan aportaciones que puedan tener en cuenta a la hora de redactar el borrador del anteproyecto de ley. No obstante, CCOO trasladó este lunes a Trabajo que querían extender la protección más allá de las denuncias amparadas por la ley del whistleblowing, para que los despidos que respondan a una denuncia a la Inspección de Trabajo también sean calificados nulos.
El responsable de Acción Sindical del sindicato, Javier Pacheco, explica a este periódico que valoran positivamente que se refuerce esta protección frente a las denuncias que habitualmente están relacionadas con la corrupción, pero que en la práctica son más habituales las represalias por denunciar diferentes prácticas ilícitas ante la Inspección de Trabajo, algo complicado de demostrar puesto que las empresas aluden a otros motivos. Y es por ello que trasladaron al secretario de Estado Joaquín Pérez Rey que se incorporara al borrador del proyecto que se encuentra en elaboración.
La consideración de un despido como nulo implica que la empresa tiene que readmitir al trabajador y abonar los salarios de tramitación, esto es una cantidad equivalente a los sueldos que habría percibido desde el momento en el que se efectuó el despido hasta que se zanjó el juicio o encontró un nuevo empleo. Es por ello que se limita principalmente a los casos en los que se haya producido una vulneración de los derechos fundamentales (aunque en los últimos años se han ampliado los supuestos) y siempre tiene que calificarse como nulo mediante una sentencia.
La norma aprobada hace dos años obligaba a todas las empresas de más de 50 trabajadores, las compañías que presenten una actividad relacionada con los mercados financieros, la prevención del blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, la seguridad del transporte o protección del medioambiente; partidos políticos, patronales, sindicatos y sus fundaciones a contar con un canal propio de denuncias para garantizar que las plantillas pudieran ejercer este derecho.
Esta vía se estableció como preferente, dado que los legisladores entendían que muchas situaciones pueden ser resueltas de forma más ágil y eficaz si se dan a conocer dentro de la propia empresa. Las compañías tienen hasta el 1 de noviembre para nombrar a un responsable de este canal, tras lo que podrían ser sancionadas con hasta un millón de euros por no adaptarse a la normativa. No obstante, la transposición de la directiva también configuró un canal externo vinculado a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, que comenzó a funcionar activamente el pasado 1 de septiembre y que se suma a las agencias autonómicas.