Claves de la nueva regulación de los alquileres: ¿Qué se considera alquiler temporal? ¿Cómo consiguen los ‘anfitriones’ el número de registro?

El Gobierno ha lanzado la normativa para regular los alquileres de temporada y turísticos. ¿Qué es el número de registro? ¿Quién tendrá que solicitarlo? Repasamos estas y otras claves del texto

Varios turistas con maletas en el centro de Madrid.E. M.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha lanzado la audiencia pública del proyecto de Real Decreto por el que se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos y se regula la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler y alojamientos de corta duración. Con este sistema de registro el Gobierno quiere perseguir el fraude, “proteger a quienes realmente necesitan del alojamiento de temporada”, poner coto a los alojamientos turísticos ilegales y priorizar los alquileres de vivienda habitual.

¿A quién afecta?

El ámbito objetivo de la norma alcanza a dos figuras: por un lado, a toda plataforma online que aloje anuncios de alquiler de corta estancia -desde las más conocidas como Airbnb hasta cualquier agencia inmobiliaria que publique sus ofertas en internet-, y por otro lado, a los propietarios y ‘anfitriones’ de viviendas que ofrecen servicios de alquiler de corta duración en España.

¿Y si el contrato temporal no se publicita online?

En este caso, la obligatoriedad no opera. Es decir, no es necesario tener número de registro si dos personas cierran directamente y de palabra un contrato de alquiler de corta estancia. Fuentes del Ministerio de Vivienda aseguran que estos casos son casi inexistentes y no creen que los propietarios e inquilinos recurran de forma masiva ni significativa a esta vía para evadir la norma.

¿A qué tipo de contratos alcanza?

A los alquileres turísticos, los alquileres de temporada, los alquileres de habitaciones o de otras propiedades que permitan el alojamiento de corta duración. Estos servicios de alquiler de corta duración pueden recaer sobre la totalidad de una finca urbana o parte de ella, también comprenderán el alojamiento en buques, embarcaciones o “artefactos navales”, siempre que aquel no esté vinculado a un servicio que posibilite o determine la navegación, en cuyo caso se regirá siempre por la legislación aplicable.

¿Qué se considerará alquiler temporal?

Para distinguir los arrendamientos de temporada y corta duración de los alquileres permanentes, el texto alude a la causalidad. En concreto, indica que se considera arrendamiento temporal o de corta estancia (“para uso distinto del de vivienda”) aquel que tenga como destino primordial uno diferente del de satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

¿Puede un temporal prolongarse más de 11 meses?

Sí. En este caso, lo que prima es la causa o razón que motiva al inquilino a alquilar una vivienda o una habitación por un periodo de tiempo determinado. Normalmente, los argumentos suelen ser el trabajo, el estudio o un tratamiento médico. En cualquier caso, lo importante es que el contrato especifique la duración concreta y que tanto inquilino como arrendador puedan demostrar y demuestren esa justificación temporal.

¿Qué servicios deben tener los alquileres de corta estancia?

Sus características se deben ajustar ajustan a la Ley de Arrendamientos Urbanos y el Reglamento Europeo. Además, deben contar con equipamiento, mobiliario y enseres adecuados para atender el uso de la unidad de carácter temporal de acuerdo con el Reglamento.

¿Qué es el número de registro?

Es el número identificativo de una propiedad que se destine al alquiler de corta duración. Se trata de un código alfanumérico que identificará la vivienda en alquiler de corta estancia en todo el territorio de la UE (a qué piso pertenece, en qué altura, cuántos metros ocupa, qué tipo de muebles tiene, cuál es su geolocalización…). Es obligatorio y deberá aparecer siempre en las plataformas que anuncien su alquiler.

Cada unidad alquilada tendrá su propio código. Por ejemplo, en una vivienda que se alquile por habitaciones, cada habitación deberá tener su propio número de registro y este debe figurar en los portales usados para alquilar.

¿Qué tendrán que hacer los arrendadores para obtener el número de registro?

A partir del 1 de enero de 2025, todos los propietarios de vivienda que la alquilen en corta estancia deben acudir al registro de la propiedad más cercano y solicitar el número de registro. En el momento en el que se presenta la solicitud, se crea un código automático y provisional y se iniciará la actividad de comprobación. En el plazo de 15 días, el registrador le dirá que el provisional deviene en firme o le dará un plazo de siete días para subsanar los datos que no aparezcan claros. En caso de que no los subsane, no podrá tener código y, por tanto, no podrá ofrecer su propiedad en alquiler de corta estancia. En caso afirmativo, ya con ese número, el propietario puede ir a la plataforma para comercializarlo.

¿Y las plataformas?

Están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen mediante el número de registro sus viviendas y que sea visible en los anuncios. De lo contrario, podrán ser sancionadas.

¿Qué sucede si no se tiene el número de registro?

El Real Decreto establece que no se podrán comercializar estos alquileres sin el referido número de registro vigente, ni con un número de registro asociado a una categoría y tipo diferente de arrendamiento.

¿Cuánto tiempo de validez tiene el número de registro?

El número de registro tendrá una vigencia de 12 meses, pudiendo ser prorrogada en caso de constitución de uno o varios arrendamientos sobre la unidad durante ese periodo, siempre y cuando sean de la misma categoría y tipo por el que se solicitó el registro

¿Cómo se renueva?

Para solicitar la prórroga debe aportarse un listado de los arrendamientos por cada categoría constituidos durante la vigencia de este número de registro. En el caso de que se traten de arrendamientos de temporada, se tiene que recoger en ese listado de contratos suscritos, además, la causa de la necesidad de vivienda no permanente del arrendatario en cada uno de dichos contratos, cuya documentación podrá ser requerida posteriormente para verificar la veracidad de dicha causa.

Cumpliendo los requisitos, tanto de alta como de renovación, el registrador expedirá el número de registro y lo elevará a la Ventanilla Única Digital. En el caso de que se retire o suspensa el número de registro por el registrador, la Ventanilla Única Digital trasladará orden a las plataformas para que eliminen posibles anuncios asociados a ese número.

Vía:https://www.elmundo.es/