El Pre303 se extiende a todos los autónomos

La Agencia Tributaria modifica las condiciones y ya permite su acceso a todos los contribuyentes que tengan que rellenar el modelo 303

El borrador del IVA, el modelo Pre303 ya es para todos. El documento que hasta febrero del año pasado solo podían utilizar algunas empresas, ya lo pueden emplear todos los contribuyentes. Hasta hace un año solo podían hacer uso de él los contribuyentes SII que tenían acceso a los libros agregados.

En ese sentido, los usuarios pueden acceder a la llamada ventana censal del IVA. En ésta se puede visualizar la información censal del contribuyente sobre este impuesto, dentro del periodo de liquidación que se tenga que presentar.

El Pre303 se extiende a todos los autónomos

Información censal

También se ofrecerá a los contribuyentes un modelo en el que casi todas las casillas estén cumplimentadas. Solo habrá algunas excepciones, es el caso de aquellas en las que el propio contribuyente tenga que informar a la hora de hacer la presentación del modelo.

Del mismo modo los contribuyentes podrán acceder a toda la información censal referente al IVA. Con esta información, el usuario podrá actualizar o modificar los datos que considere que no son correctos o cuya información falte.

En cuanto al resultado, todos los contribuyentes podrán acceder a los datos que contiene el resultado de su autoliquidación. En este apartado, los contribuyentes podrán acceder a la cartera de cuotas a compensar.

Autoliquidación del impuesto

Los contribuyentes dispondrán de una tabla con la información sobre los importes a compensar que quedan pendientes de otros periodos. Estos importes estarán desglosados por ejercicio y periodo. Los contribuyentes SII que tengan acceso a los libros agregados podrán conocer información adicional, esto es, por ejemplo, los datos económicos sobre ciertas operaciones.

Los contribuyentes de SII con acceso a los libros agregados tendrán acceso a datos de la autoliquidación del impuesto. El modelo Pre303 también propiciará información sobre las actividades que se han realizado a lo largo del ejercicio, así como las operaciones llevadas a cabo en todo el periodo.

Por último, se incluye información referente a la cuenta corriente para poder obtener la devolución o domiciliar el pago, así como datos sobre el importe y la identificación de la autoliquidación que habría que cumplimentar.

Vía: https://cincodias.elpais.com