Las plataformas digitales vetarán a los vendedores que oculten datos fiscales

  • Estos operadores afrontarán multas de hasta 200 euros…
  • … por cada proveedor que oculte información de cara a Hacienda
Aplicaciones de plataformas digitales.

El Congreso avanza en la aprobación de la ley que transpone la directiva europea relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad (DAC 7) destinada a que las plataformas digitales intercambien información fiscal con Hacienda. La norma permitirá a estas plataformas vetar a aquellos vendedores que les oculten información que estas tienen obligación de facilitar a la Agencia Tributaria.

La Comisión de Hacienda y Función Pública tiene previsto aprobar este miércoles el informe sobre la nueva norma, que si recibe el visto bueno pasará al Pleno del Congreso para su votación y después al Senado. La ley, según el texto del proyecto, obliga a plataformas y vendedores que se dediquen al arrendamiento y cesión temporal de inmuebles, medios de transportes, servicios personales y venta de bienes a facilitar datos a la Administración relativos a la identificación de los vendedores, a la actividad que desarrollan, la contraprestación satisfecha, la identificación de las cuentas a través de las que cobran o datos fiscales, entre otros.

El texto recoge que los vendedores que no faciliten los datos a la plataforma, habiendo recibido dos recordatorios relativos a la solicitud inicial y transcurridos 60 días naturales desde el apremio, verán cerrada su cuenta. La plataforma puede impedir que se vuelvan a registrar en ella para comercializar sus productos o les puede retener el pago de la contraprestación hasta que faciliten la información.

La norma también contempla que las plataformas digitales tendrán que darse de alta en un censo público para operar. En el caso de que incumplan las exigencias de intercambio de datos con la Administración, la Agencia Tributaria podrá darles retirarles del censo. “La baja se efectuará en un plazo máximo de 90 días naturales desde el segundo requerimiento, pero nunca antes de que transcurran 30 días naturales desde el mismo”, señala el texto.

Los vendedores que no comuniquen en plazo la información a las plataformas o den datos falsos serán castigadas con una sanción de 300 euros, mientras que las plataformas asumirán una multa de 200 euros por cada vendedor que incumplan con sus obligaciones de comunicación.

Vía: https://www.eleconomista.es