Cómo calcular la cuota mensual de autónomos 2023 fácil y rápido

  • Es una de las principales obligaciones de los profesionales por cuenta propia
  • Este año entró en vigor un nuevo sistema de cotización, por ingresos reales
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Junto al pago de los impuestos, el pago de las cuotas a la Seguridad Social (es decir, las cotizaciones) es una de las principales responsabilidades de los trabajadores autónomos mientran desarrollan su actividad por cuenta propia. Por eso, deben tener bien claro cómo se calcula esa cuota y conocer así la razón de la cantidad que se le quita mes a mes.

  1. La calculadora de la Seguridad Social para conocer las cuotas de los autónomos
  2. El nuevo sistema de cotización de los autónomos
  3. Las bases de cotización de los autónomos en 2023
  4. Así se calculan las cuotas de los autónomos en 2023

La calculadora de la Seguridad Social para conocer las cuotas de los autónomos

En su función de información y asesoramiento a los más de tres millones de autónomos que actualmente operan en España, la Seguridad Social dispone de una herramienta mediante la cual se puede conocer, de forma aproximada, cuál es la cuota que un autónomo tiene pagar de forma mensual.

Se trata, en concreto, de una calculadora de cuotas que está a disposición del ciudadano en Import@ss, la plataforma de trámites online de la Seguridad Social. A diferencia de otros servicios incluidos en ella, no es necesario disponer de un certificado digital, Cl@ve o hacer el trámite vía SMS. Basta con tener una conexión a Internet y acceder a este enlace de la Seguridad Social.

El nuevo sistema de cotización de los autónomos

Este año entró en vigor el nuevo sistema de cotización de los autónomos, el de tramos de ingresos reales que, en la práctica, asigna a cada tramo de ingresos declarados por el autónomo una horquilla de bases de cotización entre las cuales el profesional por cuenta propia puede elegir la que desee y después aplicar las cotizaciones.

Por lo tanto, para conocer la cuota a pagar a la Seguridad Social lo primero que hay que hacer es una estimación de los “rendimientos computables procedentes de todas las actividades económicas, empresariales o profesionales”, tal y como explica el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado).

Para ese cálculo es necesario tomar todos los ingresos declarados por el autónomo y restar a su vez los gastos derivados de la actividad. Además, en esa cantidad podrán deducirse el 7% de los gastos (que en el caso de los autónomos societarios solo puede ser del 3%).

Las bases de cotización de los autónomos en 2023

Una vez que se ha calculado esa cantidad hay que ir a la tabla de tramos de ingresos reales. Existen 15 tramos diferentes y habrá que comprobar en cuál de esos tramos se integran nuestros ingresos. La razón, que a cada tramo le corresponde una base de cotización en concreto.

El autónomo puede cambiar hasta seis veces al año la base de cotización, lo cual se recomienda en el caso de que su volumen de ventas o ingresos cambie de forma significativa.

Las bases de cotización de los profesionales durante el año 2023 son las siguientes:

  • Para ingresos de hasta 670 euros mensuales: la base mínima será de 751,63 euros mensuales y la base máxima de 849,66 euros mensuales.
  • Para ingresos de 670,01 a 900 euros mensuales: la base mínima será de 849,67 euros mensuales y la base máxima de 900 euros mensuales.
  • Para ingresos de 900,01 a 1.166,69 euros mensuales: la base mínima será de 898,69 euros mensuales y la base máxima será de 1.166,70 euros mensuales.
  • Para ingresos de 1.166,70 a 1.300 euros mensuales: la base mínima será de 950,98 euros mensuales y la base máxima será de 1.300 euros mensuales.
  • Para ingresos de 1.300,01 a 1.500 euros mensuales: la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.500 euros mensuales.
  • Para ingresos de 1.500,01 a 1.700 euros mensuales: la base mínima será de 960,78 euros mensuales y la base máxima será de 1.700 euros mensuales.
  • Para ingresos de 1.700,01 a 1.850 euros mensuales: la base mínima será de 1.013,07 euros mensuales y la base máxima será de 1.850 euros mensuales.
  • Para ingresos de 1.850,01 a 2.030 euros mensuales: la base mínima será de 1.029,41 euros mensuales y la base máxima será de 2.030 euros mensuales.
  • Para ingresos de 2.030,01 a 2.330 euros mensuales: la base mínima será de 1.045,75 euros mensuales y la base máxima será de 2.330 euros mensuales.
  • Para ingresos de 2.330,01 a 2.760 euros mensuales: la base mínima será de 1.078,43 euros mensuales y la base máxima será de 2.760 euros mensuales.
  • Para ingresos de 2.760,01 a 3.190 euros mensuales: la base mínima será de 1.143,79 euros mensuales y la base máxima será de 3.190 euros mensuales.
  • Para ingresos de 3.190,01 a 3.620 euros mensuales: la base mínima será de 1.209,15 euros mensuales y la base máxima será de 3.620 euros mensuales.
  • Para ingresos de 3.620,01 a 4.050 euros mensuales: la base mínima será de 1.274,51 euros mensuales y la base máxima de 4.050 euros mensuales.
  • Para ingresos de 4.050,01 a 6.000 euros mensuales: la base mínima será de de 1.372,55 euros mensuales y la base máxima será de 4.139,40 euros mensuales.
  • Para ingresos superiores a 6.000 euros mensuales: la base mínima será de 1.633,99 euros mensuales y la base máxima de 4.139,40 euros mensuales.

Así se calculan las cuotas de los autónomos en 2023

Cuando el autónomo elije una base de cotización comprendida entre la base mínima y la máxima que le corresponde por su nivel de ingresos, será a esa base a la que tenga que aplicar las cotizaciones a la Seguridad Social. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena son:

  • Por contingencias comunes un 28,9% de la base de cotización.
  • Por contingencias profesionales un 1,3% de la base de cotización.
  • Por cese de actividad un 0,9% de la base de cotización.
  • Por formación profesional un 0,1% de la base de cotización.

Con estos porcentajes, el autónomo ha de pagar el 31,2% de su base de cotización para estar al día con la Seguridad Social, es decir, será su cuota a pagar.

Vía: https://www.eleconomista.es/economia/