Estos son los casos en los que debes de arte de alta como autónomo si vendes en Internet

  • Muchas personas venden por Internet, pero es una práctica ocasional
  • Quien venda de manera recurrente deberá darse de alta como autónomo
  • Si el vendedor no se registra en Hacienda y en la SS, hay varias posibilidades de que se le amoneste
Ejemplo de declaración de la Renta (Dreamstime).

La práctica de vender artículos variados por Internet es una tendencia bien asentada en la actualidad. En España, muchas personas utilizan páginas web, y aplicaciones como Wallapop o Vinted, para vender desde muebles hasta ropa vieja o que no se utiliza, y obtener así un dinero de estos artículos que han caído en desuso.

Algunas personas se han tomado muy en serio esta práctica, adoptando un hábito e incluso convirtiéndose en profesionales de las ventas. En muchas aplicaciones como Milanuncios, o la ya mencionada Wallapop, es posible visualizar perfiles que ofrecen artículos sorprendentes: coches de segunda mano, piezas artesanales, móviles reparados, etc.

Aunque muchas personas vean estas plataformas online como una oportunidad casual, si se traspasa la línea entre el simple ingreso personal y el desarrollo de un negocio, puede que entonces se vuelva obligatorio darse de alta con Hacienda y la Seguridad Social (SS)

¿Cuándo se vuelve obligatorio darse de alta en la SS?

Según el Estatuto de los Trabajadores, el autónomo es la “persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo”.

Por tanto, los ingresos recurrentes son aquello que marca la obligatoriedad de darse de alta como autónomo (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o RETA). Así, si la persona consigue vender artículos todos los meses, esta deberá atenerse a la normativa sin importar si su ahora considerado negocio es presencial u online.

El criterio de habitualidad puede parecer ambiguo. De hecho, se han dado sentencias en las que se ha dado la razón a aquellos profesionales que no alcanzan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que actualmente se sitúa en España en los 1.000 euros mensuales. Un vendedor recurrente podría no darse de alta en la SS si sus ingresos no alcanzan dicha cantidad, pero se arriesga a ser multado.

¿Cuándo darse de alta en Hacienda?

Además, todo producto que sea comercializado por un profesional debe ser registrado por Hacienda, o de lo contrario la venta no será legal. Así, la ley obliga a darse de alta para vender de manera recurrente y a clientes variados, lo que además permite: emitir facturas, cobrar IVA, declarar los ingresos en el IRPF.

Darse de alta en Hacienda no implica coste alguno, pero una vez hecho se deberá declarar el IVA cada 3 meses (modelo 303), así como pagar el IRPF mediante la declaración de la renta anual, y a través del pago fraccionado del modelo 130).

En resumen: al estar dado de alta como autónomo se deben declarar las ventas a Hacienda, o no se podrán emitir facturas (pero si el cliente declara la compra, probablemente ello lleve a ser multado). Y si se emiten facturas sin estar dado de alta el la Seguridad Social, la misma lo considerará un fraude laboral, obligando al responsable no solo a pagar las cuotas no abonadas, sino también a un cargo extra.

Vía: https://www.eleconomista.es/