El subsidio especial para autónomos con más de 52 años

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos eleva al Gobierno una propuesta de ayuda especial, para que los autónomos con más de 52 años, obligados a cerrar, puedan tener algún ingreso.

La Unión de Profesionales Trabajadores Autónomos (UPTA) ha propuesto un subsidio especial para mayores de 52 años por el cese de actividad. Según la propuesta planteada, para que estos autónomos puedan solicitar el subsidio, deben tener más de 52 años. Siempre en la fecha en la que se agote la prestación o ayuda para el desempleo.

Dicha ayuda deberá ser compatible con otras , aunque uno de los prequisitos planteados por UPTA para que los autónomos obtengan esta ayuda es que no tengan ingresos brutos anuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, por lo que no deberán superar sus ingresos los 712 euros al mes.

Tener 15 años cotizados

Los años cotizados a la Seguridad Social también son otro de los requisitos para acceder a esta prestación. En este sentido, se deben tener cotizados a la Seguridad Social al menos 15 años, dos de los cuales deben estar incluidos en los últimos 15. Según UPTA, es imprescindible tener al menos 6 años cotizados por desempleo en el régimen general durante toda la vida laboral y el autónomo debe estar inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente desde que se terminó la prestación, aunque se permiten periodos de actividad inferiores a tres meses.

Sobre la cuantía de la prestación, ésta será del 80% del IPREM, esto es, 430,27 euros, y la cotización a la seguridad social será del 125% de la base mínima establecida en cada momento.

Entre los requisitos también se contempla la opción de haber cotizado, a través del sistema específico de protección por cese de actividad, para al menos durante 12 meses durante su alta en el RETA, algo que deberá ser durante 13 meses a partir del 28 de diciembre de 2020. También deben haber sido beneficiarios de la prestación por cese de actividad al menos durante 4 meses y haberse consumido ésta.

Equivalente a la prestación de trabajadores por cuenta ajena

La propuesta planteada por UPTA hace que la prestación por cese de actividad para los autónomos se convierta en un modelo equivalente a la prestación por desempleo para los trabajadores por cuenta ajena.

Asimismo, desde UPTA explican la necesidad de un subsidio de estas características para los mayores de 52 años porque “en muchos casos estamos hablando de trabajadores por cuenta propia que proceden de los sectores más débiles de la economía, como el agrario, las actividades del mar o el comercio minorista, que han sufrido con más dureza los efectos de la crisis”, por lo que apuntan a la necesidad de este tipo de prestaciones para ayudarles en su actividad

Vía: https://cincodias.elpais.com