El TJUE avala la Directiva europea sobre Salarios Mínimos, pero anula los criterios para fijar esos sueldos

Determina que la disposición que armoniza una parte de los criterios de los salarios mínimos legales supone una injerencia directa en el Derecho de la Unión

JULIEN WARNAND

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este martes gran parte de la Directiva sobre Salarios Mínimos en la Unión Europea (UE), aprobada en junio de 2022. Sin embargo, anula la disposición que fija los criterios que deben tener en cuenta obligatoriamente los países europeos con salarios mínimos a la hora de fijar y actualizar esos sueldo, así como la norma que impide la disminución de los mismos cuando están sujetos a una indexación automática, al considerar que esas disposiciones «vulneran el Derecho de la Unión».

Cuando el Consejo y el Parlamento Europeo llegaron a un acuerdo sobre esta normativa, que fija un salario mínimo «digno» en la UE, Dinamarca elevó el caso ante la Justicia europea, solicitando su anulación íntegra, al considerar que la normativa menoscaba el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros. Aseguraba que esta directiva suponía «una injerencia directa» en la determinación de las remuneraciones.

Con su decisión de este martes, la corte, con sede en Luxemburgo, ha dado en parte razón a Dinamarca. Tras examinar la finalidad y el contenido de la normativa, el TJUE identifica «una injerencia de esta naturaleza en dos disposiciones» de la Directiva dirigidas a los Estados miembros con salarios mínimos legales -como es el caso de España- relativas a la fijación o la actualización de dichos salarios.

Más concretamente, señala que la Directiva impone a estos países una serie de criterios que deben tener en cuenta para fijar y actualizar dichos salarios, lo que supone «una armonización de una parte de los elementos constitutivos de los salarios mínimos legales y, por consiguiente, una injerencia directa en la determinación de las remuneraciones».

Además, observa que ocurre lo mismo en el caso de la norma que impide la disminución del salario mínimo cuando la ley nacional prevea un mecanismo automático de indexación de estos salarios. Por ello, la máxima instancia judicial de la UE anula estas disposiciones que suponen «una injerencia directa del derecho de la Unión», al considerar que «están fuera de la competencia legislativa de la Unión». Por lo demás, el TJUE desestima el recurso de Dinamarca y confirma la validez de la mayor parte de la Directiva europea sobre Salarios Mínimos, una norma defendida por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

Vía: https://www.lavozdegalicia.es/