Ejecutores y gestores de fondos deben presentar un plan antifraude en 90 días
Las desviaciones en inversión verde y digital se atajarán
l Gobierno dio un paso más ayer en el despliegue del esquema de ejecución de los 140.000 millones de euros en fondos europeos que sufragarán las inversiones y reformas recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, el Boletín Oficial del Estado recogió dos órdenes emitidas por el Ministerio de Hacienda y Función Pública que configuran el sistema de información y gestión de las ayudas comunitarias. El texto establece los mecanismos de control sobre los beneficiarios, de seguimiento de los proyectos, de prevención del fraude y las desviaciones de inversión.
Una de las principales novedades de estas órdenes ministeriales es que fija la creación de un macrocenso de beneficiarios, contratistas y subcontratistas por parte de Hacienda. En concreto, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, las autoridades forales y canaria, así como la Intervención General de la Administración del Estado contarán con una base de datos en la que deberán figurar, “al menos” aquellos receptores de fondos comunitarios a partir de determinado “estándar mínimo de significación económica”. En primer lugar figurarán aquellas sociedades mercantiles, grupos empresariales, cooperativas o personas físicas con actividad económica cuya cifra de negocios anual –o volumen de operaciones sujetas a impuestos indirectos– supere los dos millones de euros. También figurarán los titulares de participaciones superiores al 25% del capital social o fondos patrimoniales de dichas compañías. En tercer lugar, Hacienda tendrá control sobre las personas físicas o jurídicas que sean beneficiarias de ayudas por más de 7.000 euros.
El marco aprobado por Hacienda también incluye una serie de medidas de prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de intereses. Destaca entre ellas la obligación que se impone a las entidades decisorias o ejecutoras de los proyectos de aprobar un plan antifraude en un plazo de 90 días, a contar desde la publicación del mandato ayer en el BOE, “o en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución” del plan de recuperación. La detección de un posible fraude, o la sospecha fundada de su existencia, obliga a las entidades suscriptoras de estos protocolos a suspender inmediatamente el proyecto y comunicarlo a las autoridades. Comenzará entonces un proceso de revisión de todas las actividades que hayan podido estar relacionadas con la irregularidad.
Por otro lado, la orden de Hacienda incorpora una serie de salvaguardas para velar por el cumplimiento de los objetivos de inversión marcados por la Unión Europea, bajo los que España se ha comprometido a destinar un 39,7% de los fondos recibidos a la transición ecológica y un 28,2% a transformación digital. Para ello, el sistema de evaluación del plan de recuperación incorporará los datos de cada proyecto para asegurar que estos umbrales se respetan. De observar “valores inferiores a los previstos” o riesgo de “un impacto negativo en el objetivo global”, las autoridades pedirán un informe sobre la desviación y promoverán las “medidas correctoras” necesarias para garantizar los porcentajes acordados.