- La ley prohíbe las operaciones en metálico que superen los 1.000 euros para evitar el fraude fiscal
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Aunque los pagos digitales están a la orden del día el dinero en efectivo continúa siendo una parte fundamental de la vida de todos los españoles. Eso sí, a la hora de utilizar dinero físico para pagar, ya sea una tienda, un bar, una farmacia, etc., el Banco de España recuerda que los establecimientos no están obligados a aceptar más de 50 monedas en un único pago.
En caso de que el cliente quiera pagar con más de 50 monedas el negocio puede negarse a aceptar dicha forma de pago salvo que se trate de una “caja pública”, es decir, una ventanilla que dependa de un ente u órgano del sector público. Tampoco se aplicará el límite de las 50 monedas si se trata de una transacción en efectivo entre particulares, por ejemplo al comprar una furgoneta de segunda mano.
A tener en cuenta
Ahora bien, la Ley 7/2012 regula cuánto dinero se puede pagar en efectivo por transacción. Así, para evitar el fraude y blanqueo de capitales, establece un límite de 1.000 euros en efectivo por operación. Según recoge el artículo 7 de la mencionada normativa:
“No podrán pagarse en efectivo las operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional con un importe igual o superior a 1.000 euros”.
De esta forma, cuando el importe de la compra supere dicha cantidad, es obligatorio pagar con tarjeta u otro modo de pago (transferencia, etc.) para que la transacción quede registrada por si hubiera que justificarla ante Hacienda en un futuro. No obstante, el importe será de 10.000 euros cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.