Las sanciones de la Inspección de Trabajo se incrementan un 20 % desde hoy

Las empresas que no formalicen sus acuerdos de teletrabajo podrán ser multadas desde hoy

Martina Miser

La cuantía de las sanciones por infracciones en materia laboral que impone la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se eleva un 20 % a partir de hoy, para situarse en una horquilla de entre 45 y 983.736 euros, en función del tipo de incumplimiento y su tipificación (leve, grave o muy grave).

El cambio en el régimen sancionador se incluyó en la Ley de Trabajo a Distancia aprobada en julio, aunque en este punto en concreto su entrada en vigor se demoró casi tres meses, hasta este 1 de octubre.

También a partir de este viernes se podrá sancionar a las empresas que incumplan la obligación de formalizar por escrito el acuerdo de trabajo a distancia con aquellos empleados que estén desarrollando sus tareas en remoto. Además, habrá multas para aquellas que no formalicen por escrito el contrato de trabajo «cuando este requisito sea exigible o lo haya solicitado la persona trabajadora».

La nueva norma obliga a que empresa y empleado firmen un acuerdo para el teletrabajo que detalle, entre otros aspectos, los medios que se ponen a disposición de los empleados, la compensación de gastos o el horario.

Eso sí, la norma se aplica solo a aquellas situaciones de teletrabajo en las que el empleado desarrolle al menos un 30 % de su jornada laboral en remoto, en un período de referencia de tres meses, y que no estén vinculadas a las medidas de contención de la pandemia.

El incumplimiento de estas obligaciones está tipificado como grave y conlleva multas de entre 751 y 7.500 euros.

Vía: https://www.lavozdegalicia.es