- La Comisión no detecta “por ahora” señales de que se “reviertan” sus líneas rojas laborales
- El nuevo papel de la Inspección en los despidos y la indemnización “disuasoria” pueden abrir el choque
- Existe el temor de que los cambios se legislen vía enmienda al margen del Diálogo Social
A menos de nueve meses de que concluya la Legislatura, Yolanda Díaz se ha encomendado a la carta del despido. Lo hace con dos propuestas que han marcado el debate laboral en los últimos meses: el refuerzo del poder de la Inspección de Trabajo para fiscalizar los despidos colectivos y el establecimiento de “indemnizaciones disuasorias“. Dos figuras cuya materialización determinará el margen que tiene la vicepresidenta para cumplir su promesa de ‘derogar’ la reforma laboral de 2012.
Bruselas dio el pasado viernes el visto bueno al tercer desembolso del plan de Recuperación español, de 6.000 millones, tras considerar que se han cumplido los 29 hitos y objetivos asociados a este tramo, solicitado por el Ejecutivo español en noviembre.
Aunque ninguno de ellos depende del Ministerio de Trabajo, sí encierra una afirmación que ha supuesto un alivio para Díaz, que este lunes ha mantenido un encuentro videoconferencia con el comisario europeo de Empleo y Derechos Sociales, Nicolas Schmit, con el objeto de preparar la presidencia europea.
“En su solicitud de pago, España ha confirmado que las medidas relacionadas con hitos y objetivos cumplidos satisfactoriamente con anterioridad no han sido anuladas. La Comisión no tiene pruebas de lo contrario“, incide el documento. El temor del Gobierno era que, como advertían varios expertos, los últimos movimientos emprendidos por Díaz provocaran algún tipo de ‘toque’ por parte de las autoridades europeas.
Algo que tendría especial impacto en mitad de la visita de una comisión de europarlamentarios para verificar la correcta aplicación de los fondos europeos. Finalmente, el documento supone un balón de oxígeno para el resto de ministerios y tampoco recoge críticas ante otras polémicas vinculadas a los compromisos europeos como los problemas con el protocolo por el reparto de los fondos, o los relativo a pensiones.
Pero el riesgo para Trabajo sigue lejos de conjurarse. Y es que el examen a estas medidas llegará en el próximo tramo, vinculado a la reforma del Servicio Público de Empleo. La Ley de Empleo, que regula su puesta en marcha, fue aprobada definitivamente por el Congreso el pasado jueves, pero aún no ha sido publicada en el BOE. Y es en esta norma en la que se incluye el nuevo papel de los inspectores.
El fin de la autorización administrativa previa de los antiguos ERE fue una de las claves de la reforma laboral que Bruselas más aplaudió hace una década. Hasta el punto de que lo ha convertido en una línea roja en las condiciones para el reparto de los fondos ‘Next Gen’: “Los cambios no darán lugar a obstáculos desproporcionados para que las empresas se adapten al ciclo y respondan a la evolución de la productividad”.
Cuando anunció la medida, en un mitin de su formación Sumar, Díaz dio a entender que la única diferencia con la anterior autorización administrativa era que el control ya no sería político, sino a través de la Inspección. Pero cuando se concretó en una enmienda pactada con Bildu a la Ley de Empleo, se cuidó mucho de matizar sus palabras.
El problema es que, para los independentistas, que vinculan esta cuestión al traspaso completo de las competencias inspectoras al Gobierno vasco, sigue siendo una forma de resucitar la autorización administrativa previa derogada por el PP.
A ello se suma que la redacción de la norma se abre a interpretaciones que chocan con la doctrina del Tribunal Supremo sobre el veto al despido, tal y como informó elEconomista.es. En este escenario, a las dudas sobre el papel de la Inspección, se añade el temor a una mayor conflictividad y judicialización de los despidos. Así, si el informe de la Inspección choca con la resolución judicial sobre un despido colectivo, puede perpetuarlos procesos hasta que el Supremo se pronuncie.
Breve historia de las indemnizaciones
Mayor confusión, si cabe, rodea a la indemnización “disuasoria” del despido. La propuesta esbozada inicialmente por Díaz planteaba que el coste de despedir de manera improcedente a personas de colectivos de difícil empleabilidad, como los mayores de 50 años, tuviera una indemnización que superaba los 33 días. Una solución para sortear la presión por volver a los 45 días existentes antes de la reforma laboral del PP y para la que contó con la connivencia de UGT, que llevó la medida ante el Comité Europeo de Derechos Sociales de la UE.
Un órgano que se ha pronunciado a favor de la figura del despido compensatorio y proporciona a la situación de la persona afectada en denuncias similares presentadas en Francia, Italia o Finlandia. Pero ninguno de estos países ha cambiado su legislación y, además, en todo el coste de despido procedente (20 días por año trabajado), según datos de la OCDE, es muy inferior al de España, cuya indemnización por despido procedente es la más elevada de la OCDE y se eleva además un 68% más para los despidos declarados improcedentes por un juez.
Díaz no solo sortea los datos al afirmar que el despido es “demasiado barato” en España, también obvia que el Gobierno está atado de pies y manos para encarecerlo. De hecho, el recorte de la indemnización por despido improcedente de 2012 fue la moneda de cambio con Bruselas para no tocar la del despido objetivo (20 días por año) ni elevar la de los temporales (fijada en 12 días).
Aunque la verdadera clave para abaratar el despido en España está en la clarificación de las causas para acogerse este despido objetivo por causas económicas (algo que tuvo un efecto obvio en el pico de la Gran Recesión) y la desaparición del despido ‘exprés’ de la reforma del PP del año 2002, por el que un trabajador podía recibir la máxima indemnización (45 días) sin tener que ir a juicio, con lo cual la empresa se ahorraba abonar los salarios de tramitación hasta que se dictara una sentencia.
Fátima Báñez, ministra de Trabajo de Mariano Rajoy, deshizo aquella idea y volvió a judicializar el despido improcedente, aunque recortó los salarios de tramitación. El movimiento, provocó un terremoto legal y contó con el rechazo de los sindicatos y de parte de la patronal, mientras miles de trabajadores veían que recibían indemnizaciones inferiores por despido a las que les hubieran correspondido antes de la nueva norma. Pero Bruselas certificó que esa era el camino correcto y no había vuelta atrás.
El problema para el PSOE y Unidas Podemos es que ambas formaciones llevaban en un programa electoral la derogación de la reforma laboral. Al llegar al poder, rebajaron su alcance a los aspectos “más lesivos “, sin contar el coste del despido, una polémica que pasó a segundo plano con la pandemia, pero ha resurgido tras la nueva reforma laboral, pactada, eta vez sí, con patronal y sindicatos.
La cercanía electoral y la necesidad de Díaz de consolidar su proyecto político antes de las elecciones llevan a poner el despido en primer plano, con un discurso cada vez más ambiguo, en el que se habla de que el despido es demasiado barato y se arremete conta el recorte de derechos que supuso la reforma del PP, pero no plantea medidas que en teoría las reviertan. Aunque su retórica es cada vez más contundente hacia la prohibición de despedir.
Un despido vía enmiendas
Para entender este debate, hay que tener en cuenta que España atraviesa un momento de desaceleración de la economía que, si bien, no se percibe con intensidad en los datos de empleo, ya lo hace en los de despidos. Aumentaron un 127% en 2022, según las estadísticas de bajas de afiliación a la Seguridad Social y registraron un récord inédito en la serie histórica que arranca en 2012 (aunque los primeros datos completos, y por tanto comparables, se registran en 2013).
En 2022 hubo 854.253 despidos, un 35% más que en 2021, porcentaje que se eleva al 68% si solo contamos los indefinidos, aunque en algunos meses ha llegado a duplicarse. Una media de casi 4.000 despidos por día laborable solo en diciembre.
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Y las medidas impulsadas para impedir esta evolución, diseñadas durante la pandemia pero resucitadas hace un año con ocasión de la Guerra de Ucrania no han tenido efecto alguno. En gran parte porque que el Supremo ha certificado que dicha “prohibición” no era tal porque no contemplaba la nulidad a su extinción. En este sentido, Bruselas, que las considera temporales, no ve objeciones a su mantenimiento porque no suponen un impedimento real a los ajustes imprescindibles.
El problema viene de que la calculada ambigüedad no solo del discurso judicial sino de sus textos legales abra el temor a una confusión legal que eleve la judicialización del despido. De hecho, antes incluso de conocer la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales ya se han producido sentencias. Los expertos legales dan por hecho de que Díaz, como ha hecho en el caso de los inspectores, formulará un texto que active el frente judicial. Algo ante lo que la Comisión no podría poner demasiadas pegas.
La cuestión es si le dará tiempo a hacerlo antes de que acabe la legislatura. Los expertos dan por hecho de que la decisión se conocerá en primavera o principios de verano, seguramente después de las elecciones autonómicas y municipales. Eso deja muy poco margen de tiempo a la vicepresidenta segunda para redactar un cambio legal que, además, quiere negociar con los interlocutores sociales.
Pero siempre existe la opción de que siga la misma fórmula que con el refuerzo de los Inspectores y pacte con alguno de sus socios de Gobierno una enmienda a alguna norma ya en tramitación. La urgencia del ciclo electoral y el consenso evidente con los sindicatos hace que diversas fuentes del Diálogo Social vean perfectamente factible este escenario.