- Es una de las ayudas fundamentales al comienzo de la actividad
- Su duración y efectos depende del colectivo al que se pertenezca
- Podría sufrir cambios a partir de 2023 con la ‘reforma Escrivá’
La actividad de los autónomos cuando comienzan su periplo por cuenta propia está no exenta de dificultades, ya que los ingresos en esas etapas suelen ser menores y más irregulares. Ante esta situación, la tarifa plana de los autónomos es uno de los mecanismos que ofrece la Seguridad Social para que estos trabajadores vean reducida su principal obligación, la del pago de cuotas.
Esta tarifa plana se ha de solicitar a la vez que el ingreso en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el que se incluyen los autónomos, y se puede hacer a través del portal de trámites online de la Seguridad Social, Import@ss, ya sea con certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), Cl@ve (así se puede registrar para tener Cl@ve PIN o Cl@ve permanente) o vía SMS, aunque en este caso el teléfono móvil del autónomo ha de estar registrado en la base de datos de la Seguridad Social.
Sea como fuere, la persona que desee hacerse autónomo ha de ingresar en la sección especializada para autónomos de Import@ss y elegir el servicio ‘Alta en trabajo autónomo‘. Para poder disfrutar de la tarifa plana ha de indicar que se trata de un alta inicial. También se permite a trabajadores que lleven dos o tres años (en este caso, los que hayan disfrutado previamente de esa tarifa plana) sin estar en situación de alta.
La Seguridad Social advierte de que es indispensable darse de alta dentro de los plazos estipulados, ya que de lo contrario, aunque dicho alta se pueda realizar, el autónomo no tendrá derecho a beneficiarse de la tarifa plana. La normativa lo deja claro: se puede hacer hasta 60 días antes del inicio de la actividad y como máximo ese mismo día.
El autónomo necesita ciertos documentos a la hora de darse de alta y, por lo tanto, conseguir la tarifa plana:
-Un número de la Seguridad Social. Es importante porque regula nuestras relaciones con el organismo.
-Los datos fiscales y el Código del Impuesto de Actividades Económicas y la Administración Tributaria que le corresponda.
-Las fechas de alta de la actividad, clave para determinar si se hace en plazo.
-Las bases de cotización. En 2022 han aumentado la base mínima y la máxima, dentro de las cuales el autónomo puede elegir la que desee. Su elección puede influir en la tarifa plana, tal y como veremos más adelante.
-La mutua colaboradora que seleccione el autónomo.
-La cuenta bancaria para domiciliar el pago de cuotas y el mandato SEPA.
Los descuentos de la tarifa plana de autónomos
La Seguridad Social explica en un cuadro informativo cuáles son los descuentos en la cuota de los autónomos cuando se benefician de la tarifa plana en los primeros años de actividad. Dependen de diferentes circunstancias personales del propio autónomo y son los siguientes:
-La tarifa plana es de 60 euros mensuales de cuota para los trabajadores autónomos que se decanten por la base mínima (960,60 euros mensuales) por un periodo de 12 meses que es prorrogable a 24 meses para los que desarrollen su actividad en municipios de menos de 5.000 personas.
-La tarifa plana consistirá en una reducción del 80% sobre la cuota de la base mínima cuando el autónomo se decante por una base de cotización superior a la mínima, por un periodo de 12 meses que pasa a ser de 24 meses en los casos de autónomos que desarrollen su actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes.
-Pasada esa reducción inicial, con carácter general el autónomo tendrá una reducción del 50% sobre cuota resultante de aplicar la base mínima durante los primeros seis meses y del 30% los seis meses posteriores. En el caso de mujeres menores de 30 años y hombres menores de 35 años la reducción será del 30% durante un año y para personas con discapacidad del 33% o más, víctimas de violencia de género o de actos de terrorismo la reducción será del 50% durante 48 meses.
Los futuros cambios en la tarifa plana de autónomos
La segunda pata de la reforma de las pensiones planificada por José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, prevé un nuevo sistema de cuotas de los autónomos por 13 tramos que dependen de los ingresos reales declarados y que podría implantarse desde 2023 en un calendario progresivo hasta 2031.
En su última propuesta a los agentes sociales, esta reforma incluye la modificación de la tarifa plana, que pasaría a ser algo superior, de 70 euros mensuales, disponible para los autónomos que declaren ingresos mensuales netos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).