Autónomos Autónomo: la nueva app (oficial) que te dice lo que pagarás de cuota el mes siguiente

Los autónomos podrán conocer qué cuota se les cargará cada mes en el banco, tras el desarrollo de una app con nuevas funcionalidades

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La Seguridad Social ha desarrollado una aplicación móvil que permite que los trabajadores autónomos puedan consultar sus cuotas. El servicio, que ya está en marcha, permitirá a los trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) consultar cada mes qué cuota deberá pagar a la Seguridad Social.

A este servicio digital se puede acceder también a través del Servicio de Consulta de los recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para ello habrá que entrar en la carpeta ‘Ciudadanos/Cotización’ para obtener la información deseada.

A partir del 26 de cada mes

Los autónomos podrán acceder a dichos datos a partir del día 26 de cada mes. A partir de esa fecha podrán conocer qué cuota se le cargará en la cuenta bancaria el último día hábil del mes y si debe abonar alguna liquidación complementaria también en esa fecha.

Por ejemplo, si se quiere consultar la cuota de mes de febrero, el 26 de este mes estará disponible en la aplicación esta información. También se podrá saber cuál es la liquidación complementaria de enero correspondiente al incremento de los tipos de cotización por accidente laboral y por cese de actividad.

Extender el sistema

Pese a que de momento el servicio está solo disponible para los trabajadores del RETA, en un futuro la Seguridad Social quiere extenderlo a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar, a los trabajadores agrarios por cuenta ajena durante los períodos de inactividad, a las personas incluidas en el Sistema Especial para empleados de hogar y a los suscriptores de convenios especiales.

Además, desde el organismo público recuerdan que la información que facilita este servicio no se podrá utilizar como documento para pagar las cuotas, ya que éstas se deben abonar a través de domiciliación bancaria.

Vía: https://cincodias.elpais.com